lunes, diciembre 9, 2024

Abad denuncia que el ayuntamiento de Cartagena rechaza corregir los errores señalados por el Tribunal de Cuentas en los contratos de servicios

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Sólo se enviaron 2 de los 18 contratos requeridos

Nota de prensa del concejal del ayuntamiento de Cartagena, Gonzalo Abad Muñoz.

El pasado 29 de abril el Pleno del Ayuntamiento rechazaba,
gracias al voto en contra del bloque de gobierno, una moción en la que yo proponía corregir los graves defectos señalados por el
Tribunal de Cuentas en los contratos de servicios de los años 2018 y 2019.

Solamente se enviaron 2 de los 18 contratos que fueron requeridos por el tribunal (lo cual ya es grave de por sí), y que se referían a los servicios de limpieza de colegios públicos y locales municipales, y a servicios de vigilancia y seguridad privada.

Los contratos analizados son solamente una pequeñísima muestra de todos los que mantiene el Ayuntamiento de Cartagena habitualmente, y me consta que los mismos defectos señalados por el TCu se siguen repitiendo en los que se están licitando o se van a licitar próximamente.

Uno de los más graves de los muchos defectos encontrados, se
refiere a la prolongación irregular de la ejecución del contrato
mediante continuación de la prestación del servicio, una vez
terminado el plazo vigente, prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legal establecido, mientras se continua pagando mediante facturas del mismo importe que el contrato acabado.

Otro defecto grave estriba en que las fórmulas de valoración de la oferta económica desvirtúan la ponderación que nominalmente tiene este criterio en la adjudicación, al otorgar puntuación incluso a las ofertas que no representan una baja real respecto del presupuesto base de licitación. Ello da lugar a que las diferencias de puntuación entre las ofertas económicas puedan acabar siendo nimias frente a las diferencias resultantes de la aplicación de los criterios dependientes de un juicio de valor que, en la práctica, resultan tener una ponderación muy superior a la definida en los pliegos, y siendo por tanto determinantes en la adjudicación, lo que va en contra de lo que establece la legislación de contratos públicos.

Los defectos señalados incumplen de forma flagrante la Ley de
Contratos del Sector Público y producen graves perjuicios al
bolsillo de los contribuyentes, bien por el encarecimiento de los
servicios, o bien por la merma en la calidad de los mismos.

Considero inaceptable que el Ayuntamiento se niegue a revisar sus sistemas de contratación, desatendiendo las observaciones del alto Tribunal, único órgano de control externo que fiscaliza su actividad contractual.

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