viernes, marzo 29, 2024

Pagar una deuda con sexo oral no es delito

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La Justicia da la razón a la Audiencia de Palma, que ya entendió en su día que saldar una deuda contraída de forma voluntaria con felaciones no era delito

Para que aprenda Irene Montero y su manada.

La Justicia no ve delito en pagar una deuda con sexo oral. No quiere valorar si saldar una deuda entre ADULTOS con felaciones es legal o no. Para el alto tribunal la demanda ha incurrido en el defecto insubsanable de no haber cumplido el requisito que exige el artículo 49.1 LOTC de razonar en su escrito la especial trascendencia constitucional del asunto y por ese motivo decide inadmitir a trámite el caso.

El Tribunal Constitucional da así la razón al Tribunal Superior de Justicia de Baleares, que falló en ese sentido. Es decir, dos personas ADULTAS pueden saldar una deuda contraída de forma voluntaria en carnes.

Y es que la Audiencia de Palma ya entendió en su día que pagar una deuda contraída de forma voluntaria con sexo oral no es motivo de delito. Así se acordó rechazar el recurso presentado por la denunciante, desestimando al mismo tiempo un delito continuo de coacciones.

Los hechos ocurrieron en septiembre de 2019

En dicha fecha una mujer con problemas económicas decidió acudir a su ex cuñado para que le prestase dinero. Tras establecer las condiciones de la deuda, ésta recibió 15.000 euros.

Bien, la denunciante apuntó que no hubo acuerdo en firme a la hora de devolver el dinero prestado. Que lo iría devolviendo como pudiese. Pero al parecer, y según consta en la denuncia, el hombre se presentó pocos días después del préstamo y exigió a la mujer que le hiciese dos o tres felaciones por semana a cambio del dinero que le había prestado.

Todo hace indicar que al principio la mujer aceptó, ya que esta surrealista escena se repitió hasta en cinco ocasiones. Cinco ocasiones en las que hablaron y terminaron con una felación en el vehículo del denunciado.

Pero poco después la supuesta víctima señaló que en todos los encuentros se sintió amenazada. Con frases como “Si me haces lo que me gusta, no tienes ni puta idea de lo contenta que estarás de mí. Porque yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda. Mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta), según la denunciante.

Debido a estas supuestas amenazas, la mujer decidió contar lo ocurrido a su madre y un amigo. El hombre, al enterarse de que la mujer había contado lo sucedido, le advirtió de que en la próxima cita llevase el móvil cargado de batería para que todo el mundo escuchase lo que tenía que decir.

Acoso continuo a raíz de dicho momento, amenazas…cartas y un último mensaje en el que indicó “o cumples o te denuncio”. Por todo ello, los abogados de la supuesta víctima solicitaban la incoación de un delito de abusos sexuales.

Pero algo se nos escapa. Algo no es del todo cierto porque al final la Audiencia desestimó el caso, generando mucha polémica eso sí.

Especialmente ofendida se sintió Irene Montero y su manada, que criticaron con dureza en su día al Tribuna Superior de Justicia de Baleares. Pero, miren por donde, resulta que la Justicia avala ahora tal decisión y no ve delito alguno en practicar una felación por una deuda contraída de forma VOLUNTARIA entre ADULTOS.

Ojo, voluntaria y entre adultos. Hay que recalcarlo porque puede ser que a más de una y de dos se le escapasen dichas palabras cuando leyeron la noticia por primera vez.

Por cierto señora ministra de algo que dicen que es Igualdad; si una mujer le dice a un hombre que le pague una deuda contraída en carnes, ¿hubiese puesto el grito en le cielo?

Seguro que no y hay muchas que lo hacen, pero no creemos que estos hechos salgan en la gran mayoría de medios de…comunicación.

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