Por discriminatorio
Se nos va a quedar un cuerpo de policía digno de los payasos del circo…
El Tribunal Supremo ha anulado el requisito de tener una estatura mínima de 1,60 metros exigido a las mujeres para acceder a la Policía Nacional al considerar que se trata de una “discriminación indirecta” respecto a los hombres, ya que el requisito de que ellos lleguen a 1,65 metros es menos exigente. Es mucho mayor el porcentaje de mujeres (25 %) que el de hombres (3 %) que no alcanzan la altura requerida, destaca el alto tribunal.
El pasado febrero el ministro del Interior anunció que en la convocatoria de pruebas prevista para 2023 se suprimirá el requisito de una estatura mínima, salvo para ingresar en las unidades de intervención policial, las UIP y las UPR, y el Grupo Especial de Operaciones, el GEO.
El Supremo da así la razón a una mujer que presentó un recurso tras ser excluida en 2017 del proceso selectivo de ingreso en la Escala Básica de la Policía Nacional.
La mujer recurrió primero al Consejo de Ministros y, ante su silencio, acudió al Supremo, donde reclamó además que se anulara el requisito de estatura mínima.
Según explicaba, los estándares de estatura media se situaban en 1,74 metros para los hombres y 1,63 para las mujeres y solo una estatura mínima de 1,54 metros para las mujeres reestablecería la necesaria igualdad.
El Supremo destaca que la normativa reglamentaria de las pruebas en cuestión no recoge razones “objetivas y legítimas” que sustenten una diferencia de trato a hombres y mujeres.
Para más inri, El Supremo, además de anular el requisito de la altura, declara nula la exclusión de la mujer recurrente y reconoce su derecho a realizar las pruebas selectivas de ingreso en la Policía. Si las supera, le reconoce también los derechos económicos y administrativos correspondientes a los aspirantes que aprobaron en los exámenes en su año, incluidos la antigüedad y el escalafón.