La Sala de los Penal publica la cuarta sentencia con reducción de pena
La ley estrella de la ministra Irene Montero ya se puede decir que más bien es un meteorito que se ha cargado lo poco de dignidad humana que quedaba en este país. Y es que ya son un total de 137 casos en toda España donde los condenados se han beneficiado del patético “sólo sí es sí”.
La última sentencia conocida trata, y que marca las pautas a seguir por el resto de los tribunales, de un hombre que comenzó a mensajearse con un menor de 14 años. Lo hizo a sabiendas de que era menor y, como suele ser habitual en estos repugnantes casos, las conversaciones eran de contenido sexual (cuánto daño han hecho las redes sociales). Este individuo pidió al menor que le mandase fotos y vídeos de contenido sexual, a lo que el menor accedió a cambio de una cantidad económica.
La situación con el paso del tiempo fue a más y llegaron a quedar en persona para mantener relaciones sexuales, también a cambio de una cantidad de dinero…
Supuestamente, a consecuencia de todo ello el joven ha sufrido alteraciones en su vida diaria y un sin fin de cosas más.
A lo que vamos, este hombre fue condenado a 21 años y 11 meses de prisión por un delito continuado de corrupción a menores, otro continuado de abusos sexuales y uno más de elaboración de pornografía infantil. Además, a esto se le sumó otra condena de 11 meses de prisión por un delito intentado de elaboración de pornografía infantil en relación con otro menor y uno de tenencia de ese material ilícito.
Esta sentencia es más que firme, pero gracias a Irene Montero y su ‘manada’ este individuo verá como se rebaja su pena por dos motivos: porque hay delitos que entran en concurso (es decir que se solapan unos con otros y, por tanto, debe aligerarse alguno de ellos) y porque la entrada en vigor de la ley del «solo sí es sí» es más favorable en este caso.
Por el abuso continuado de abuso sexual en concurso con el de corrupción de menores en la redacción del Código Penal anterior las penas estaban comprendidas entre los ocho y los 12 años de prisión, mientras que en la actualidad las penas se fijan entre seis y 12. De esta forma, al rebajarse el suelo, dice el Tribunal, «es claro que al ser menor la cifra del límite inferior, la nueva previsión legal ha de considerarse más favorable», como bien señala La Razón en su noticia.
En definitiva, con este cuarto caso que la Sala de lo Penal publica con reducción de condena, deja bien claro el camino a seguir por el resto de tribunales. Recuerden darle las gracias muy amablemente a Irene Montero.