Hasta el 13 de julio para solicitarlo
El voto por correo ha sido la comidilla estos últimos días por su supuesta manipulación en diferentes puntos de España de cara a las elecciones municipales y autonómicas y con el PSOE como triste protagonista.
Pues bien, debido al monumental fracaso socialista no hace ni 24 horas, Sánchez, en un intento de huida hacia adelante, anticipa las elecciones generales al 23 de julio, en plenas vacaciones de millones de españoles y donde el voto por correo puede tener un papal más que relevante. Curioso, la verdad.
El voto por correo para las próximas elecciones generales del 23 de julio se podrá solicitar desde mañana 30 de mayo, una vez publicada la convocatoria en el BOE, y hasta el 13 de julio en cualquier oficina del Servicio de Correos, según establece la ley. Son las primeras elecciones que se celebran en plenas vacaciones de verano.
En estas ya pasadas elecciones, casi un millón de españoles hicieron uso del voto por correo, un 6,4 % más respecto al número de votos por correo en los anteriores comicios de 2019 y envueltos en una polémica de proporciones lamentables, hasta el punto que en Melilla, donde esta modalidad triplicó la media nacional, la Fiscalía Anticorrupción ha asumido la investigación por la compra de votos. Así que, imagínense la cantidad de españoles que pueden hacer uso de este tipo de voto de cara a las elecciones adelantas de Pedro Sánchez.
Lógicamente, son muchos ya los que piensan que tal sorprendente decisión de Sánchez forma parte de una estrategia bien orquestada tras el fiasco del 28-M, dando más protagonismo al voto por correo, envuelto en numerosas polémicas y sospechas por una supuesta trama de compra de votos y con el PSOE en el punto de mira.
Los españoles dispondrán hasta el 13 de julio para solicitar el voto por correo, que deberá formularse personalmente y con el documento nacional de identidad dentro de España, que debe remitirse por vía certificada no más tarde del 19 de julio.
El impreso de solicitud se puede descargar en la web del Ministerio del Interior y presentarse por vía telemática en la página de Correos o de forma presencial en una oficina. Pocos días después el interesado recibe en su domicilio un sobre con las papeletas de cada formación política, el certificado de inscripción en el censo y otro sobre con la dirección de la Mesa donde le corresponde votar.
Escogida la papeleta e introducida en el sobre correspondiente, lo cerrará para meterlo en el otro sobre dirigido a la Mesa electoral, donde además incluirá el certificado de inscripción en el censo. Una vez remitido el voto, el elector ya no puede votar presencialmente.
Para los españoles que residen en el extranjero
Aquellos españoles lejos de su país también pueden descargar la documentación necesaria de forma telemática, aunque también puede hacerlo la Oficina del Censo Electoral.
Si se vota por correo certificado, el residente en el extranjero debe introducir la papeleta correspondiente dentro del sobre de votación e incluirlo en el otro sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial en el que también meterá uno de los certificados de inscripción en el censo, una fotocopia del pasaporte o del DNI o una certificación de nacionalidad, entre otra documentación.
Los españoles que viven en el exterior pueden depositar su voto en urnas dispuestas por la embajada, consulado y centros habilitados hasta el 20 de julio.
Así que, sin tiempo para asimilar el espectáculo del 28-M, pasamos de lleno al desenlace final el 23-J, día en el que los españoles deben reafirmar el cambio de ciclo tan necesario para este país.