viernes, noviembre 22, 2024

Denuncio los agravios comparativos

publicidad

Pordría interesarte...

“Le denuncio, señor director general de policía de los Mozos de Escuadra. Le denuncio por prevaricación y destrozarme la vida”

Yo le denuncio, señor DIRECTOR GENERAL DE POLICIA DE LOS MOZOS DE ESCUADRA JEFE DE LOS ASUNTOS INTERNOS.

Yo le denuncio por prevaricación. Le denuncio por haberme destrozado la vida, la salud y la profesión . Yo les denuncio por su falta de ética y de moral.

Y lo hago por los siguientes hechos:

En fecha 22 de Octubre de 2020 recibí contestación a mi denuncia interna contra la moza de escuadra Isabel H.O. presentada en fecha 8 de Octubre de 2020 contra una moza de escuadra que insultaba al rey en su red social de twitter llamándole “PUTO REY”.

Me contestó usted firmando personalmente un escrito y argumentando la exculpación de estos comentarios de esa moza de escuadra, destinada en Gerona, han sido publicados en la red social Twitter, de acceso público y que habían sido escritos por ella a título personal y con escasa trascendencia pública y que en ningún momento hace ostentación de ser moza de escuadra.

Exactamente, alude usted a la misma situación que la mía (una publicación en Facebook, donde jamás hice ostentación de trabajar como moza de escuadra y con nula trascendencia pública) y por la cual ustedes SÍ ME ABREN EXPEDIENTE DISCIPLINARIO número 3/2017, reconvertido en el 55/2027 por el cual ustedes, me tuvieron suspendida de empleo y sueldo dos meses y catorce meses trasladada de manera coactiva a otro lugar de trabajo, a 140 quilómetros de mi domicilio, ida y vuelta ( todo y mi condición de madre monoparental) Finalizaron la resolución sancionándome con 7  meses de suspensión de empleo y sueldo y pérdida del lugar de trabajo en mi plaza fija, el área regional de Policía Administrativa de Gerona.

No tuvieron absolutamente ningún tipo de piedad conmigo, me aplicaron medidas cautelares (de Enero de 2017 hasta Mayo de 2018) en forma de castigos anticipados de la futura sanción y ni tan siquiera, tuvieron en cuenta absolutamente ninguno de los indicios que les presenté,  donde se observaba claramente que YO NO ERA QUIEN HABÍA ESCRITO EL INSULTO al Ex presidente fugado Carlos Puigdemont.

Después usted en su escrito, sigue exculpando a la moza de escuadra Isabel H.O., aludiendo a una sentencia del juzgado contencioso administrativo número 15 de Barcelona (LA MÍA) que, para más inri, está actualmente recurrida por ustedes, la Generalidad de Cataluña y su Departamento de Interior, y me informa, como si yo fuera imbécil o analfabeta, que esa sentencia crea jurisprudencia.

Le diré, como ya debe saber que el concepto de  jurisprudencia, la crea un conjunto de sentencias, decisiones o fallos dictados por los tribunales de justicia, y emitidos en el mismo sentido.

Eso es lo que crea la jurisprudencia y no una sola sentencia que, ni siquiera, es una sentencia firme.

Por lo tanto, no solo porque no hay ningún conjunto de decisiones judiciales similares en el mismo sentido exculpando a un policía, para que en sus redes sociales, aunque sea a título personal y con poca trascendencia pública, pueda insultar a un político o a un monarca sino, tampoco, viene al caso,  el extracto del que usted saca parte de la sentencia favorable a mi persona, en el expediente disciplinario 3/2017 que luego caducaron convirtiéndose en el expedientes disciplinario 55/2027 y por la cual motiva usted que, a la moza de escuadra ISABEL HUGAS OLLER la eximan de cualquier tipo de responsabilidad disciplinaria por los insultos al monarca en sus redes sociales.

En relación al extracto de la sentencia , del que usted me informa en su respuesta, y por el que motiva la situación de exención de responsabilidad administrativa a la moza de escuadra que insulta al monarca le informo que, mi expediente disciplinario, tanto el 3/2017 iniciado el 12 de Enero de 2017 que ustedes caducaron el 5 de Septiembre de 2017, volviéndolo a iniciar por los mismos hechos y siendo pues el número 55/2017 estaba dividido en DOS PARTES.

1º PARTE 

 La primera parte versaba sobre el insulto al ex presidente de la Generalidad de Cataluña, actualmente procesado por rebelión y malversación de dinero público, y en rebeldía, fugado de la justicia española. Respecto a esa parte del expediente, el magistrado del juzgado contencioso administrativo número 15 de Barcelona se pronuncia a mi favor BÁSICAMENTE porque motiva esa EXCULPACIÓN diciéndoles que han vulnerado mi presunción de inocencia al no contemplar absolutamente ninguno de los indicios que me hubieran podido eximir de responsabilidad disciplinaria.

2º PARTE 

La segunda parte versaba sobre la crítica que YO PERSONALMENTE SÍ hacía al mayor Trapero en el momento en que, en Diciembre de 2016 , dejaba sin efecto la detención de una persona a la que  habían identificado en la localidad de Rubí y cuya detención venía motivada porque al ser identificado, había atropellado a un mozo de escuadra dejándolo inconsciente en la UVI. Le envío el pantallazo en el DOCUMENTO NÚMERO 1 donde se observa claramente la CRÍTICA que YO realizo al mayor Trapero en relación a sus múltiples actuaciones como mando de un cuerpo policial, con fiestas acompañando a políticos independentistas&golpistas en la localidad de Cadaqués y que salieron a la luz gracias a la Pilar Rahola.

Usted, de manera tergiversada, y muy diferente a la situación a la que ustedes me llevaron a nivel disciplinario, alude a una parte de la sentencia en mi procedimiento, en la que me SÍ me reconoce el derecho a MI LIBERTAD DE EXPRESIÓN, no para insultar a un político, sino para criticar una actuación policial donde, tras un atropello a un policía, en Rubí, tras una identificación, en Diciembre de 2016, el mayor Trapero obligó a otro mando policial a dejar sin efecto una detención policial ,  con el resultado de un mozo de escuadra ingresado en un hospital con politraumatismos y de los que, tengo el placer de saber de ellos (uno de ellos  ha quedado con secuelas de por vida y al otro, a raíz del incidente, le dieron la incapacidad absoluta tras ese capítulo tan desagradable al que se enfrentaron, sin ningún tipo de apoyo por parte de los mandos políticos ni policiales).

Le vuelvo a adjuntar para que recapacite y valore de nuevo  su respuesta a mi denuncia sobre un insulto de un miembro de los  mozos de escuadra a una institución española, la jefatura del Estado.

También le quiero hacer llegar la publicación del Diario de Gerona donde ustedes les transmitieron la información para que se hicieran eco, en primera página, de mi situación de suspensión de empleo y sueldo por haber presuntamente insultado al fugado de la justicia.

También, lógicamente hicieron lo mismo en el diario El País donde llegan incluso a afirmar que mi expediente disciplinario puede acabar en mi expulsión de este “cuerpo policial”.

Supongo que no hace falta que le haga llegar el expediente disciplinario 3 /2017 por falta de respeto a las instituciones de la Generalidad de Cataluña, que dura desde el 12 de Enero de 2017 hasta el 5 de Septiembre de 2017 y donde, posteriormente, lo caducan ,y tras dos primeras medidas cautelares de suspensión de empleo y sueldo (que todavía no he recuperado porque no me lo han pagado) y de traslado coactivo a trabajar a 140 km de mi domicilio a la localidad de Arenys de Mar, lo vuelven a reabrir por los mismos hechos.

Tampoco hace falta que le haga llegar el nuevo expediente que abrieron, reiniciando el caducado, que sería el expediente disciplinario  55/2017 donde me siguieron CASTIGANDO con la tercera medida cautelar de traslado coactivo a la Cárcel de Figueras a 120 km de mi domicilio debido a que en Junio de 2017 les había dicho VIVA ESPAÑA a un patrulla de los mozos de escuadra, y consideraron que yo no tenía NEUTRALIDAD POLÍTICA para trabajar de cara al público en una comisaría ni siquiera pudiera tener relación con mozos de escuadra.

Tampoco es necesario que le envíe la sentencia (NO FIRME) del juzgado contencioso administrativo número 15 de Barcelona puesto que, usted al responderme en base a la misma, ya debe tener acceso directo a la misma pero, le aconsejo repasar, el concepto de jurisprudencia así como las dos partes, en las que el juez divide la sentencia, tal y como ustedes establecen en el mismo expediente disciplinario.

Así mismo le envío el artículo de Crónica Global (el segundo más leído en Cataluña después de ElNacional.cat se hacen eco de la noticia de la exención de sanción de la moza de escuadra ISABEL H. O., dejando en evidencia la denuncia pública de los agravios comparativos que ustedes, desde su Departamento de Interior, desde su dirección general de policía, desde sus asuntos internos, hacen de manera desconsiderada, prevaricadora y con un gran agravio comparativo, según la ideología política de cada uno de los agentes del cuerpo de mozos de escuadra.

Por último, para finalizar y motivado en los hechos anteriormente explicados en la presente denuncia interna, reitero solicitud de apertura de expediente disciplinario a la agente de policía ISABEL H.O. en base a los insultos que esta señora profiere en las redes sociales, de manera pública al monarca, jefe del Estado.

En relación a la identificación como moza de escuadra quiero recordarle que JAMÁS EN MIS REDES SOCIALES ME IDENTIFIQUÉ como moza de escuadra (sentía vergüenza tras dejar mi oposición al cuerpo jurídico militar) y que sin embargo la agente de los mozos de escuadra Isabel H.O, no hace otra cosa que retuitear la red social de MOZOS POR LA REPÚBLICA (anteriormente mozos por la independencia), e incluso llega a  colgarse una fotografía personal en el interior de la comisaría de Gerona, en una conversación privada con su familia en horario laboral.

Son ustedes unos sin vergüenzas, unos delincuentes pero, ustedes abrieron un melón que les va a costar cerrar.

Si quieres puedes invitarnos a un café y así ayudarnos a mantener el periódico aquí:

Últimos artículos

publicidad