Rechaza los argumentos de la Abogacía del Estado y mantiene como investigado al Delegado del Gobierno
Carmen Rodríguez-Medel, la juez del 8-M, seguirá adelante en su persecución contra todos aquellos que hicieron oídos sordos a la llamada de emergencia ante una pandemia a las puertas y que autorizaron manifestaciones, como la del 8-M, foco principal de la expansión del virus.
Rodríguez-Medel ignora a la Fiscalía y Abogacía del Estado, rechaza la nulidad del caso e irá con todo contra José Manuel Franco, Delegado del Gobierno, manteniendo la citación para mañana como investigado.
La juez basa su decisión en el informe forense que afirma que Sanidad era consciente de la “hecatombe” que se venía encima con el coronavirus y que aún así permitieron actos, como el 8-M, de propagación del virus y sin recomendar las pertinentes medidas de protección y seguridad.
El objetivo del procedimiento es claro y conciso y Rodríguez-Medel no tiene problema alguno en recordarlo: “se circunscribe única y exclusivamente a las decisiones jurídicas adoptadas entre el 5 y el 14 de marzo de 2020 por Franco respecto a la toma de conocimiento de concentraciones/manifestaciones”.
La juez también recalcó las reiteradas llamadas que hizo para recabar documentación al Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES) que dirige Fernando Simón y la demora de éstos y de otros organismos a facilitar dicha información. ¿Por qué’ es la pregunta…¿Qué querían ocultar?
“Demoras que algunos órganos transmitían in causa justificada y ante la las dificultades que en ocasiones encontraron para que la documentación fuera entregada cuando por este órgano judicial no se fijaba plazo”, señaló.
El estado de alarma no es excusa
La Abogacía del Estado expuso pegas a que se continuase con la investigación a pesar de no ser urgente (¿no es urgente?), ya que no ayudaba a preparar la defensa de Franco.
No obstante, la juez se mostró tajante y señaló que “ha tenido “mucho más tiempo para recurrir las resoluciones que si los plazos no hubieran estado suspendidos. La situación le ha beneficiado”.
El estado de alarma “suspende los plazos procesales, pero no ordena la paralización de la jurisdicción penal”. “Todos los recursos que se han interpuestos han sido admitidos a trámite y se han puesto en conocimiento de las partes, concretamente la Fiscalía cuando era la única personada en el procedimiento”, continuó informando.
Por último, discrepó de que todos los procesos penales en fase de instrucción debiesen quedar paralizados por el estado de alarma, ya que los juzgados han seguido tramitando, con limitaciones, sus respectivas causas.
Reprocha a la Abogacía del Estado que “nada objete al dictado de resoluciones durante el estado de alarma cuando las mismas benefician a su cliente” y se defiende de la celeridad de su tramitación argumentando que hay que “impulsar los procedimientos de manera que no se demoren innecesariamente en el tiempo, especialmente, ante el previsible colapso judicial que se avecina”.
Por fin una persona con un ‘par’, que es de esperar que siga adelante y exponga a la sociedad española cómo se las gastan los que nos gobiernan.