El Tribunal entiende que “no ha quedado acreditado que el procesado conociera que tener relaciones sexuales con una menor de 16 años estuviera castigado como delito”
¿De verdad? Ya saben. Basta con decir que no sabían nada. Pero ojo, piropear es delito.
Puedes abusar de una menor, con decir que no sabías que era un delito sobra, pero no le digan guapa. País de locos e inútiles.
Según ha informado Europa Press, la sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha absuelto a un hombre de 36 años por abusos sexuales a una menor de 14 años porque el supuesto culpable no tenía información de que mantener relaciones sexuales con una menor fuera castigado como delito.
Sabía de sobra que la niña tenía 14 años, ya que trabajaba como camarero para la madre de ésta “pero no sabía que era delito mantener relaciones cuando era menor de edad. No supimos utilizar los medios para informarnos”, declaró.
Bastante surrealista todo sinceramente, pero ha ‘colado’. Según el Tribunal, por razones de “racionalidad y humanidad” no merece reproche penal.
Los hechos a los que se refiere la sentencia se remontan al 23 de octubre. El acusado rechazó todas las acusaciones de la madre de la menor, negando mantener ningún tipo de relación con la supuesta víctima.
No obstante, la joven que ahora tiene 17 años, sí afirmó que su primera relación sexual fue con el acusado. Que el chico le pidió el teléfono y comenzaron así una historia de amistad y sentimental.
La menor también dejó claro que las relaciones siempre fueron consentidas y que jamás se sintió coaccionada.
El hombre de 36 años sabía perfectamente la edad de la niña, ya que estuvo en la fiesta del 14 cumpleaños de ésta, aunque es verdad que en más de una ocasión le dijo a la niña que no podían estar juntos por la diferencia de edad.
A pesar de todo, la relación siguió su curso. La voz de alarma la dio una tía de la niña, que una vez vio a la joven cenando con éste y sus dos hijos en la terraza de un restaurante. Menuda estampa la verdad.
Por todo ello, el Ministerio Fiscal ha pedido 10 años de prisión y una indemnización de 6.000 euros. La acusación particular 12 de prisión y la misma indemnización.
La sentencia no es firme y se puede recurrir.