Queda abierta la vía de presentar un recurso de casación
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la rebaja de la pena de seis a cuatro años de prisión a un hombre acusado de violación en aplicación de la ley del ‘solo sí es sí’.
La acusación particular había presentado un recurso contra la decisión de la Audiencia Provincial de León, al que se adhirió el Ministerio Fiscal, y que ahora el tribunal autonómico ha desestimado, aunque queda abierta todavía la vía de presentar un recurso de casación.
En un principio, la condena se había fijado en seis años por un delito probado de violación, pero, en el auto ahora confirmado la Audiencia establecía que siendo la condena firme y anterior a la entrada en vigor de la ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del ‘solo sí es sí’, la nueva redacción de los artículos 178 y 179 del Código Penal (que serían los ahora aplicables al hecho enjuiciado) resulta más benigna en cuanto a la pena, por lo que procedía su revisión y rebaja.
El procesado ya fue condenado en septiembre de 2020 por los hechos ocurridos un año atrás cuando este individuo, de nacionalidad búlgara, quedó con una amiga, de nacionalidad rusa, para acudir a León al domicilio de una pareja.
Agresor y víctima estuvieron allí y luego regresaron a su domicilio. Hasta ahí todo normal. Poco después volvió a llamar a esta mujer para que lo acompañase a llevar a su hermana desde Valencia de Don Juan a Laguna de Negrillos.
De regreso, y para esquivar un control de la Guardia Civil, este hombre abandonó la vía por la que circulaban y una vez ya en un descampado, cogió por el cuello a la mujer y le repitió en varias ocasiones “vas a ser mía, vas a ser mía”. Instantes después le quitó la ropa a la mujer a la fuerza y la violó.